El aceite usado puede ser aprovechado para generar combustibles, velas, jabones, entre otros. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible reglamenta la disposición final de este residuo, que contamina en alto grado el agua.
BOGOTÁ, D.C.- El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible controlará la inadecuada disposición de aceites de cocina usados en el país, los cuales han generado impactos desfavorables para el medioambiente, especialmente para los recursos hídricos, el suelo y la salud humana.
Al ser vertidos en los cuerpos de agua superficial, los aceites afectan su capacidad de intercambio de oxígeno y alteran el ecosistema, así mismo el vertimiento al suelo puede causar: erosión, pérdidas de fertilidad del suelo y destrucción de hábitats de animales. Incluso, a nivel urbano, al ser vertidos en el sistema de alcantarillado se obstruyen las redes y se ocasionan dificultades en la disposición y sobrecostos a las plantas de tratamiento.
Por esta razón, el MADS expidió la Resolución 316 de 2018, por la cual se establecen disposiciones relacionadas con la gestión de los aceites de cocina usados y se dictan otras que aplican a los productores, distribuidores y comercializadores de aceites vegetales comestibles, generadores (industriales, comerciales y servicios) y gestores de Aceite de Cocina Usado (ACU), que realizan actividades de recolección, tratamiento y/o aprovechamiento de aceites de cocina usados, dentro del marco de la gestión y cumpliendo con los requerimientos de la normativa vigente.
Esta resolución fomenta el aprovechamiento de aceite de cocina usado como insumo para la producción de nuevos productos como biodiesel; aditivos de caucho; en la industria oleoquímica, es decir, lubricantes, detergentes y tintas para artes gráficas, entre otras”, explicó el viceministro de Políticas y Normalización Ambiental, Willer Guevara Hurtado.
Si bien este tipo de residuos no ha sido regulado en el país, exceptuando las autoridades ambientales de Bogotá y Barranquilla, que tienen normativas vigentes al respecto, en el Artículo 14 de la Resolución 316 de 2018 se estableció que, a partir del mes de marzo, con la entrada en vigencia de esta resolución, inicia el plazo para su cumplimiento.
Según datos de Asograsas, en 2016 en Colombia el consumo aparente de aceite vegetal comestible fue de 621.000 toneladas.
De allí la importancia de implementar un modelo de economía circular que promueva el aprovechamiento del Aceite de Cocina Usado como materia prima para la producción de nuevos productos, como: aditivos de caucho, jabones, poliuretano, surfactantes, lodos de perforación, tintas para artes gráficas, ceras, velas y resinas entre otros. El principal aprovechamiento de este aceite en Colombia, es utilizarlo como materia para producir Biodiesel.
Biodiesel de aceite
Si se impulsa la producción de biodiesel en Colombia a partir del aceite de cocina, se podrían reducir las emisiones de Gases Efecto Invernadero del sector transporte en un 8%. Por cada litro de aceite vegetal usado que se convierte en biodiesel, se le entrega una reducción de 2.5kg de CO2 al ambiente.
En otros países como España, se impulsa la recolección y separación de residuos de aceites vegetales, para aprovecharlos en la producción de biocombustible. En Chile existe una prohibición para verter aceite por los desagües domésticos y se impulsa su uso para producir biocombustibles, lo mismo que en Argentina.
El viceministro Guevara explicó que, en lo referente al seguimiento y control de los aceites de cocina usados, las autoridades ambientales serán quienes realicen estas labores: “A partir de la fecha de publicación de la normativa, las autoridades ambientales tendrán cuatro meses para definir el proceso de inscripción de los generadores industriales, comerciales y de servicios de ACU, así como gestores de ACU según lo establecido en el Artículo 5 de la Resolución, el cual deberá ser público y de fácil acceso a todas las personas”.
A partir del mes de julio del presente año, entrará a regir la normativa para los generadores industriales, comerciales y servicios de ACU, lo mismo que para gestores de ACU de municipios con categoría especial 1 y 2, conforme con la categorización que se tiene en el país, de acuerdo con el número de habitantes y sus Ingresos Corrientes de Libre Destinación.
Quienes estén en municipalidades de categoría 3 y 4 empezarán a dar cumplimiento el 1 de enero de 2020 y para los que se ubican en municipios de categoría 5 y 6 será desde el 1 de enero de 2025.
Es de resaltar la obligación extendida para el gestor de ACU, en la cual se deben establecer puntos limpios para que el sector domiciliario de aceites de cocina usados disponga el residuo.