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Las aerolíneas que despeguen o aterricen en aeropuestos de la UE, se han incorporado a la directiva de comercio de emisiones comunitaria (ETS por sus siglas en inglés) desde el 1 de enero, por lo cual están obligadas a pagar por sus emisiones de CO2, informó el Instituto para la Sostenibilidad de los Recursos, ISR.

Las aerolíneas podrán superar los derechos de emisión asignados siempre que compren más derechos a otras compañías o los sobrantes. La UE impondrá topes a las emisiones de los aviones para reforzar la lucha contra el cambio climático y hará pagar a las aerolíneas que superen su cuota.

De acuerdo a lo dispuesto en una Directiva comunitaria, con fecha límite del 30 de junio de 2011, las autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea enviaron a la Comisión europea el conjunto de datos de toneladas-kilómetro notificados por los operadores.

A partir de esta información, la Comisión, de conformidad con lo dispuesto en la citada Directiva, determinó los valores de referencia que deben usarse para calcular las asignaciones correspondientes a los períodos 2012 y 2013-2020.

Así, la asignación se calcula multiplicando el dato de toneladas-kilómetro transportadas en 2010, aportado por cada operador aéreo en aplicación de su plan de seguimiento, por el valor de referencia o 'benchmark' publicado por la Comisión Europea.

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