Bogotá, Septiembre 12 de 2012.- La Contraloría General de la República dirigió una Función de Advertencia al Gobierno Nacional ante los posibles riesgos que implica permitir en Colombia la explotación de hidrocarburos no convencionales* mediante el llamado “fracturamiento hidráulico”, que ha sido prohibido, suspendido o restringido en países como Francia, Bulgaria, Rumania, República Checa y Australia, al comprobarse varios efectos negativos en materia ambiental.
Según informó la Contraloría, el control de advertencia se formuló tras conocerse que se ha concedido la primera licencia ambiental para un proyecto de explotación de hidrocarburos no convencionales en las veredas Dominguito y Patiño, del municipio de Buenavista (Boyacá).
Tales hidrocarburos están presentes en el subsuelo en estado diferente a los Hidrocarburos Líquidos convencionales o gas libre, incluyendo gas asociado a los primeros; o Hidrocarburos que se encuentren en yacimientos no convencionales. Esta definición incluye hidrocarburos como crudos extra pesados, arenas bituminosas, gas en mantos de carbón, yacimientos de muy baja porosidad (tigh) e hidratos de gas.
Para la Contraloría General, el fracturamiento hidráulico, como herramienta empleada para la explotación de los hidrocarburos no convencionales, conlleva un riesgo latente para el patrimonio ambiental, “por la posible contaminación de aguas subterráneas, la afectación de fuentes hídricas, el riesgo para centros urbanos en el área de influencia, la salubridad pública y el riesgo geológico”.
Esa precisamente es la motivación de la Función de Advertencia que envió el Contralor General de la República (E), Carlos Felipe Córdoba Larrarte, a los ministros de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y de Minas y Energía, Juan Gabriel Uribe y Federico Renfijo, a la directora de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), Luz Helena Sarmiento Villamizar, y al director de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), Orlando Cabrales Segovia.
La Contraloría General de la República “previene sobre los riesgos ambientales que se pueden generar en el licenciamiento para la explotación de hidrocarburos no convencionales y conmina a las autoridades y entidades implicadas en el asunto para que adopten las medidas necesarias y suficientes con el fin de que la explotación por empresas nacionales e internacionales de nuestros recursos naturales no renovables se haga de manera sostenible”.