En los embalses del Neusa y El Hato, quedó prohibida la pesca deportiva desde el pasado 23 de jullio, para dar cumplimiento a la sentencia de la Corte que prohíbe esta actividad. Solo se permitirá la pesca artesanal tramitando el permiso requerido.
BOGOTÁ D.C.- Desde este 23 de julio de 2023 queda prohibida la pesca deportiva en los parques ecoturísticos que administra la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), específicamente en Embalse El Hato (ubicado en Carmen de Carupa) y el embalse del Neusa (ubicado en Cogua), donde hasta la fecha era permitida dicha práctica.
La autoridad ambiental informó que con esta medida se acoge a lo dispuesto en la Sentencia C-148 de 2022 de la Corte Constitucional que prohíbe la actividad, y que entró en vigencia el pasado mes de abril.
“Únicamente se autorizará la pesca artesanal, en horarios específicos. Los interesados deberán tramitar el permiso ante la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) y presentar el carnet que certifique esta condición”, afirmó Andrea Lorena Real Ramírez, directora Operativa de Parques CAR.
La CAR informó que con la medida "reitera su compromiso de proteger a toda la fauna del territorio y conservar los recursos naturales bajo los principios de sostenibilidad ambiental y las disposiciones legales vigentes".
“Hacemos un llamado a la comunidad para que cumpla esta medida y contribuya a la preservación de la riqueza natural de los parques ecoturísticos CAR”, puntualizó la funcionaria.
Según recordó la entidad, son seis parques ecoturísticos ubicados en Cundinamarca y Boyacá los que se encuentran a su cargo. Además de El Hato y Neusa, hacen parte de estos ecosistemas la Laguna del Cacique Guatavita, Río Neusa, Puente Sopó y Juan Pablo II, donde también hay cuerpos hídricos, aunque en estos no está habilitada la pesca.
La corporaación recordó que todos estos destinos ofrecen diversos servicios que conectan a sus visitantes con la naturaleza, por lo que invitó a continuar visitando dichos ecosistemas y practicar las actividades que ofrece cada uno y que propenden por la sostenibilidad ambiental.
La sentendencia constitucional
La sentencia de la Corte, que prohíbe la pesca deportiva al considerar que esta práctica es una forma de maltrato animal, ha sido controvertida por organismos ambientales, comunidades que viven de esta actividad y organizaciones ambientales.
En su momento, el instituto Humboltd indicó que históricamente se ha concebido la pesca como una actividad que tiene la misma finalidad de la caza o la recolección, obtener comida del medio silvestre. "El desarrollo de la pesca deportiva se ha dado de la mano con la creación de nuevos materiales para los equipos de pesca y anzuelos, reseña la publicación. Durante siglos las innovaciones fueron pocas. Hay registros de la pesca en la época de los faraones egipcios o en tiempos del Imperio Romano en que usaban cañas de madera, líneas de fibras vegetales como el cáñamo o fibras trenzadas de animales como los pelos de la cola de los caballos. Así perduró la tradición más o menos hasta principios del siglo XIX cuando se empezaron a usar cañas de bambú compuestas y líneas de seda mucho más largas y resistentes, que almacenaban en rudimentarios carretes de madera o metálicos".
En el caso de Colombia, el Instituto indica que hay evidencias del arte rupestre de Chiribiquete con pictografías que datan de finales del Pleistoceno y principios del Holoceno (hace más de 10.000 años) y ya dan indicios de la importancia de la pesca en la subsistencia del Homo sapiens. También hay restos arqueológicos de peces en la cuenca del Magdalena que muestran su aprovechamiento desde por lo menos 1.000 años.
Es por esto que la pesca deportiva o recreativa tiene una característica principal en todo el mundo: se realiza con una caña o vara, de la cual sale una línea que va al agua y que sirve para capturar el pez con un anzuelo. También son consideradas como deportivas las modalidades que no están dirigidas a capturar un pez sino a “engañarlo” con un señuelo o mosca sin anzuelo.
Desde el 2019, el Instituto Humboldt ha venido trabajando en una agenda nacional centrada en los Recursos Hidrobiológicos y Pesqueros Continentales de Colombia, dada la importancia de este componente de la biodiversidad para las comunidades humanas del país.
Es así como los peces y su aprovechamiento han tenido una atención particular dentro del quehacer científico del Instituto, ya que ha liderado diferentes estudios orientados a su conservación y aprovechamiento sostenible. Dentro de esta agenda investigativa se encuentra la línea de pesca deportiva, resultados que hoy se presentan con la publicación número XVIII “La pesca deportiva continental en Colombia” (2019).
De acuerdo con la publicación, esta modalidad de pesca se realiza en el 80% de los departamentos del país, principalmente en Vichada, Guainía, Antioquia, Boyacá, Caldas, Cauca, Cundinamarca, Nariño, Santander, Sucre y Valle del Cauca; tanto en el mar como en las aguas continentales, ríos, lagunas, ciénagas, lagos incluyendo los embalses, lagos artificiales o estanques donde se cultivan especies introducidas (exóticas y trasplantadas).
Las cuencas con mayor número de especies de interés para la pesca deportiva son el Amazonas y el Orinoco con 42 y 43 especies, respectivamente, le sigue el Magdalena con 28 especies, de las cuales el 53% de las especies son exóticas o trasplantadas.
Por su parte, la organización ambiental WWF, también se declaró a favor de la pesca deportiva teniendo en cuenta las consecuencias que esta decisión tiene en materia socioeconómica y ambiental en las diferentes regiones del pais, ya que se calcula que alrededor de 2.510 familias y 31 comunidades, dependen de dicha actividad
La pesca deportiva agrupa a múltiples actores, entre ellos más de 100 mil pescadores, que hacen parte de esta práctica y que, según WWF, aportan desde su actividad a la consolidación de proyectos de desarrollo sostenible en regiones alejadas del país. Es así como comunidades locales, pescadores, operadores turísticos y operadores logísticos se unen para crear las condiciones necesarias para desarrollar esta actividad en uno de los países más biodiversos del mundo.
La reconocida organización internacional, con un trabajo de más de 25 años en Colombia con la misión detener la degradación del ambiente natural del planeta, radicó ante la Corte Constitucional un escrito de Amicus Curiae, figura legal que es utilizada con frecuencia por la Corte para decidir acerca de la constitucionalidad de las leyes, solicitando opiniones a universidades, juristas reconocidos, instituciones de derecho público y particulares.
Comunidades indígenas como las lideradas por Delio Suárez, capitán de la comunidad de La Ceiba -Resguardo Almidón- y presidente de la agrupación Ramsar de la Estrella Fluvial de Inírida, también se mostraron contrarios a la decisión de la Corte y, en su moment, le solicitaron a este Alto Tribual revisar el fallo en el cual se contempla la prohibición de la pesca deportiva, al advertir que de esta actividad dependen los ingresos de muchas familias que se dedican a acompañar a pescadores deportivos que llegan hasta sus regiones en plan recreativo.
Para los pobladores de regiones a las cuales llegan los pescadores deportivos en busca de lagos y lagunas para su práctica, la prohibición de esta actividad representa una amenaza a su economía de subsistencia, toda vez que varios de ellos han adecuado instalaciones para alojar a los pescadores deportivos y acompañarlos en sus faenas, que por lo general se extienden hasta por 6 días y en especial durante las temporadas que van de noviembre a marzo.