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El Ministerio de Ambiente acaba de enviar la resolución  mediante la cual el país expresa su voluntad de prohibir la caza indiscriminada de tiburones, práctica ilegal utilizada para quitarles las aletas y comercializarlas.

BOGOTÁ D.C.-  El revuelo causado por un anuncio según el cual el Ministerio de Abricultura había autorizado la exportación de aletas de tiburón llevó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) a recordar que Colombia forma parte de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), que tiene como objeto velar por la conservación  y uso sostenible de las especies de flora y fauna silvestres que son objeto de comercio internacional, permitiendo la comercialización de los tiburones (peces condrictios), amparados bajo el apéndice II de esta Convención.

En tal sentido, aclara que la Resolución 350 de 2019, expedida por el Ministerio de Agricultura, no autoriza esta práctica ni permite la exportación de aletas de tiburón, toda vez que desde el año 2010, se reconoce la cuota de pesca artesanal sobre tiburones en Colombia, la cual no ha aumentado desde entonces, manteniéndose en un porcentaje que no afecta la sostenibilidad de las especies.

La resolución 350 de 2019, sobre cuotas de pesca, según explico el ministro de Agricultura, Andrés Valencia, lo que hace es actualizar una norma que desde hace más de dos décadas está vigente, según la cual se establece una cuota global de pesca artesanal de tiburones de 125 toneladas para el mar Caribe y de 350 para el Pacífico. Esta última versión busca evitar la pesca descontrolada de las diferentes especies y proteger tanto a los tiburones como a las comunidades de pescadores artesanales en el país, sostuvo.

No obstante esta aclaración, voces de los ambientalistas exigen que se supriman todas las cuotas de pesca de tiburón.

El siguiente es el comunicado expedido por el MADS:

"El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se permite aclarar a la opinión pública lo siguiente:

1. La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), de la cual Colombia forma parte desde 1981, tiene como objetivo velar por la conservación y uso sostenible de las especies de flora y fauna silvestres que son objeto de comercio internacional, permitiendo la comercialización de los tiburones (peces condrictios), amparados bajo el apéndice II de esta Convención. Colombia ha sido un abanderado en la inclusión de estas especies en el listado CITES, para su conservación y aprovechamiento sostenible.

2. La protección de los tiburones es una política nacional enmarcada dentro del Plan de Acción Nacional para la Conservación y Manejo de Tiburones, Rayas y Quimeras de Colombia, adoptado mediante el decreto 1124 de 2013.

3. Enmarcados dentro de esta política, el Gobierno Nacional prohibió mediante la Resolución 1743 de 2017, la práctica deplorable del “aleteo”, que también constituye un delito establecido en el artículo 335 del Código Penal.

Por ello, la Resolución 350 de 2019 expedida por el Ministerio de Agricultura, no autoriza esta práctica, ni permite la exportación de aletas de tiburón. 4. Desde el año 2010, se reconoce la cuota de pesca artesanal sobre tiburones en Colombia, la cual no ha aumentado desde entonces, manteniéndose en un porcentaje que no afecta la sostenibilidad de las especies.

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