Como “un crimen ambiental”, fue calificado por el veedor ambiental del municipio de Acacías, Meta, José Arnaldo Molina Rincón, el programa de vivienda que se desarrolla en el barrio Brisas del Playón, en el municipio de Acacías (Meta), donde se está rellenando o tapando el caño que pasa por el sector.
Al formular la denuncia ante Cormacarena, a través de un derecho de petición, solicita también se practique una visita a varios sitios del perímetro urbano del municipio en mención, donde se instalaron torres de comunicación, que según él, también causan grave daño ambiental.
Las citadas torres están instaladas en la calle 12 carrera 33; calle 18, carrera 22; calle 13, carrera 22; calle 12, carrera 17, vía Dinamarca, pocos metros antes del Colegio Departamental Juan Rozzo.
En su afán de buscar solución a los graves problemas que afronta Acacías, por las obras que se están desarrollando sin las debidas licencias, el veedor dirigió otro derecho de petición al Secretario de Infraestrucrtura del Municipio, denunciando que el 10 de Febrero el año pasado, se hizo presente un operador con una motoniveladora, y abrió vías en las calles 8 y 8A, con carreras 37 y 38, y causó enormes daños a las márgenes izquierda y derecha del caño.
Como el operador que causó los daños dijo haber sido enviado por la Secretaría de Infraestructura, el Veedor Ambiental, Molina Rincón, inscrito como tal ante la Personería Municipal, solicitó copia de la licencia ambiental que debió ser expedida para la ejecución de la obra.
En su respuesta, el Secretario de Infraestructura, ingeniero Carlos Arturo Rincón Castro, señala que “Según concepto de Cormacarena N”5-44-07/531 del 24 de Julio del 2007, el terreno intervenido al que usted hace referencia solo recoge aguas lluvias debido a que el municipio interrumpió el cauce natural con la construcción de un canal perpendicular a la misma con el fin de desviar o conducir las aguas hacia otro cauce natural y de esta forma evitar las inundaciones de las viviendas de construcción subnormal que se establecieron sobre la quebrada o en sus rondas de protección”, motivo por el cual, al no evidenciar un cauce hídrico natural no fue necesario acudir al permiso otorgado por la Corporación Ambiental, según Decreto 2811 de 1974, Artículo 102 y 132 y Artículo 65 del PBOT
Más adelante anota que “De acuerdo con la solicitud elevada por la Junta Comunal del barrio Brisas del Playón, en Enero 25 del 2008, se envió la motoniveladora a realizar trabajos de conformación de vías en el lugar, más nunca a realizar apertura de vías. Una vez informados sobre la situación que usted comentó en su derecho de petición procedimos a ordenar la rectificación de los trabajos en la zona, restableciendo las cosas a su estado anterior”.
En similares términos respondieron Nixon Frey Pérez Montero, Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, y el ingeniero Diego Javier Fuentes García, Prof. U. Desarrollo Urbanístico, quienes manifiestan que no tienen carpeta alguna en donde se ordene desarrollar un proyecto urbanístico llamado Los Sauces.
Lo cierto es que no hay ninguna autorización para la obra urbanística, pero se rellenó en partes el caño, se levantaron muros y las obras continúan su marcha.