IBAGUÉ, Junio 5 de 2015.- Cortolima ordena imponer medidas preventivas de suspensiión, en 12 obras y actividades en los ríos Cucuana y Coello, entre las que se destaca el proyecto denominado “rehabilitación estructural de la presa de captación Corea” en el municipio de San Luis, hasta tanto se obtenga el permiso de ocupación de cauce expedido por Cortolima.
Las medidas preventivas impuestas son de ejecución inmediata, tiene carácter preventivo y transitorio, surten efectos inmediatos y contra ellas no procede recurso alguno.
Actualmente, la Corporación Autónoma Regional del Tolima adelanta 14 procesos sancionatorios en contra de USOCOELLO, los cuales se encuentra en diferentes instancias como formulación de pliegos, medidas preventivas y revisiones de fondo.
En la mañana del martes 2 de junio la Corporación Autónoma Regional del Tolima materializó las medidas preventivas impuestas, con la presencia del Ingeniero Rodrigo Hernández Subdirector de Calidad Ambiental, el inspector de policía Luis Alberto Villalba, miembros de la Policía Nacional y el abogado de la Corporación Juan Gerardo Gómez.
Durante la diligencia se solicitó de inmediato suspender las labores de la maquinaria y del personal. Como objeto de la medida preventiva la maquinaria (2 retroexcavadoras y 1 bulldozer), se dejó bajo custodia y cuidado personal de Usocoello y la Unión Temporal Cucuana 2014.
Proyectos, Obras y Actividades Suspendidas
1. Todas las obras de ingeniería del proyecto denominado “Rehabilitación estructural de la presa de captación Corea”.
2. Obras de construcción del perfil Creager –Instalación de aceros de refuerzo y demás- hasta tanto no se obtenga permiso de ocupación de cauce expedido por Cortolima.
3. Todas las obras de construcción de carreteables.
4. Utilización de material proveniente del propio cauce del río Cucuana para el llenado de los paneles o celdas del cuerpo de la presa hasta tanto no se cuente con licencia.
5. Apertura de fosas sobre el cauce del río Cucuana en orden a la extracción del material de arrastre.
6. La Inadecuada disposición de todo tipo de escombros dentro del cauce del río Cucuana.
7. La Inadecuada disposición de restos del suelo contaminados con ACPM ubicados dentro del cauce del río Cucuana.
8. Inadecuada disposición de restos de acero de refuerzo que se apreciaron dentro de las zonas de trabajo y junto a las áreas de protección del río Cucuana.
9. Inadecuada Disposición de restos de demolición de los canales de limpia por donde discurre agua hasta tanto se efectúe su retiro a un sitio destinado para tal fin, autorizado ambientalmente (escombrera).
10. La utilización de equipos para el suministro de combustible a los compresores neumáticos cerca del canal de limpia de la bocatoma.
11. Captación ilegal de agua del río Cucuana, vale decir, en cantidad superior a los 10.91 m3/s, autorizados mediante Resolución CORTOLIMA No. 230 de febrero de 1999.
12. Vertimientos de combustible provenientes de 2 compresores a los cuales se les suministra combustible en el mismo sitio.