Imprimir

Los habitantes de Cumaral (Meta)nbuscan evitar que el proyecto petrolero Llano 69 se siga desarrollando, por el alto riesgo sísmico de la región y por tratarse de una zona de recarga hídrica muy importante del piedemonte llanero.

VILLAVICENCIO.- “¿Está usted de acuerdo, ciudadano cumaraleño que dentro de la jurisdicción del municipio de Cumaral (meta) se ejecuten actividades de exploración sísmica, perforación exploratoria y producción de hidrocarburos”.

Esta es la pregunta avalada por el Tribunal Administrativo del Meta que autoriza la realización de una consulta popular para que sea el pueblo soberano quien decida si le conviene o no al municipio de Cumaral el proyecto petrolero.

Para el tribunal, la pregunta está ajustada a la Constitución Nacional y a la Ley, según providencia de la magistrada Teresa Herrera Andrade del 14 de marzo de 2017.

Los líderes de la consulta y de una acción popular en el mismo sentido buscan frenar el contrato 009 de 2012 celebrado entre la Agencia Nacional de Hidrocarburos y la compañía (china) Mansarovar Energy Colombia, que se desarrolla en un área de 22 mil 650 hectárea

Con la acción popular los demandantes representados por el abogado Luis Arturo Ramírez piden que se protejan los derechos de los cumaraleños a gozar de un ambiente sano, al equilibrio ecológico, al interés comunitario y la preservación del medio ambiente.

En diciembre pasado, los demandantes pidieron al tribunal que avalara la consulta popular para la cual recogieron 1.905 firmas con el respaldo del alcalde y la aprobación de la mayoría del Concejo Municipal de Cumaral.

Según el abogado Luis Arturo Ramírez, el desarrollo del proyecto petrolero de la compañía Mansarovar Energy ha puesto en marcha actividades de sísmica 3D que afectan los recursos hídricos de la región, las reservas forestales aledañas y dan un uso indebido al suelo.

En la demanda los habitantes en resistencia civil advierten que se están desconociendo la destinación y el ordenamiento territorial. Así mismo denuncian que las labores sísmicas han repercutido en las veredas Yarí, San Antonio, Chepero, Guacavia y Caney Medio

Según el abogado demandante, las labores de la compañía Mansarovar Energy se están haciendo en terrenos geológicamente inestables, sin los estudios y en alto riesgo de generar un posible desastre natural.

El contrato aprobado

En 2012, la Agencia Nacional de Hidrocarburos, a través de su entonces representante legal Orlando Cabrales Segovia, firmó con la empresa multinacional china Mansarovar Energy Colombia Ltda, el contrato de exploración y producción de hidrocarburos.

Dicho contrato tiene un área de influencia directa de 22.650 hectáreas más 1.272 metros cuadrados, localizadas en la Jurisdicción de los Municipios de Cumaral (Meta) y Medina (Cundinamarca).

El plazo del contrato se encuentra establecido así: periodo de fase, un año prorrogable hasta tres; periodo de exploración, seis años; y periodo de producción 24 años.

Los ciudaadnos de Cumaral consideran que el denominado bloque exploratorio Llanos 69 –LL69, afectará de manera irreparable ríos, caños, nacederos, humedales, morichales, lagunas, fauna y flora en general y aljibes, que incluso surten de agua a otros municipios como El Calvario, Restrepo, Villavicencio y Medina en los departamentos del Meta y Cundinamarca.

Según los líderes de la consulta, este proyecto adolece de estudios científicos objetivos por parte del Gobierno Nacional sobre el verdadero impacto económico, social, cultural y ecológico en la zona afectada directa e indirectamente.

Recuerdan que la comunidad de Cumaral ya habìa sido afectada por la fase exploratoria de sísmica realizada el año 2011, por la empresa Sismopetrol. Sísmica, que ocasionó más de 200 deslizamientos en veredas como Chepero Alto, sin que a la fecha exista seguimiento o monitoreo por parte de las entidades de control.

El proyecto Llanos 69, impactará de manera importante y desfavorable la cuenca del rio Guacavía y sus afluentes Guacavía Chiquito, Pirí, Niporé, Guajaray y Chepero, las quebradas las pavas, la negra, la danta y caño arenoso, y demás micro-cuencas como el rio Caney, los caños mayuga, Oso, pecuca, los limones, caibe, tripero, carnicería, quebrada la Tascosa, respecto a los bienes y servicios ambientales que prestan para el desarrollo de la región a través de la riqueza de sus suelos, la prestación del servicio de dilución de vertimientos y la oferta hídrica para riego y uso humano (Bocatomas de las veredas y cabecera municipal). La importancia de la cuenca radica en que abastece de agua superficial y subterránea a una población aproximada de 15.000 habitantes, beneficiarios del Acueducto Municipal de Cumaral, sin contar a los habitantes de la zona rural. De igual manera, para los sectores ganadero y agrícola, especialmente las bocatomas que abastecen el sector agrícola, llevando consigo graves consecuencias para la seguridad alimentaria (Producción de Alimentos por parte del Campesinado), el medio ambiente y la calidad de vida de los habitantes.

Estas circunstancias de violación del derecho colectivo del medio ambiente y del derecho humano al agua, hace necesario el proceso de consulta popular donde el constituyente primario sea quien se pronuncie sobre la viabilidad o no de todas las fases y etapas de exploración y explotación de hidrocarburos en el Municipio de Cumaral, dado los impactos negativos que el desarrollo de proyectos de esta índole produce para la vida, la ecología y la sostenibilidad ambiental, social y económica para el Municipio son notorios.

La consulta popular sirve para dirimir un agudo y sensible debate social que se presenta actualmente entre los pobladores del Municipio, pues es un hecho notorio y evidente que un sector significativo de ciudadanos de Cumaral considera y expresa de forma vehemente que el Municipio debe ser protegido de forma especial, por su potencial hídrico y de recursos naturales, dado que el agua es sinónimo de vida, por ende, deben preservarse y protegerse como derecho fundamental que es y así salvaguarda el futuro de las próximas generaciones.

La conservación de las especies animales y vegetales, la protección de áreas de especial importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas donde se ejecutará el proyecto Llanos 69 que están siendo afectadas merecen una protección soberana a través de la Consulta Popular, que fue presentada por el señor Alcalde Municipal de Cumaral Miguel Antonio Caro, ante el Tribunal Administrativo del Meta el día siete (7) de diciembre de 2016, correspondiéndole el radicado No. 2016-00894 y con reparto a la Magistrada Teresa Herrera Andrade.

Además de la solicitud de la consulta popular también fueron interpuestas dos acciones populares, desde hace más de seis meses, pidiendo medidas cautelares y la suspensión de las actividades de sísmica de Mansarovar Energy, y a la fecha no se han obtenido fallos definitivos.