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NEIVA, Julio 4 de 2015.- Mediante la Resolucion No 1503 de 3 de julio de 2015, el Director General de la CAM impuso, como medida preventiva, la suspensión inmediata de la actividad del llenado del embalse del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, hasta tanto la empresa Emgesa, realice todo el aprovechamiento forestal y retire la totalidad de la biomasa del Área del vaso del embalse.

Una vez realizadas las visitas técnicas sobre el Área del vaso del Embalse por parte del Gobernador del Huila y Presidente del Consejo Directivo de la CAM, Carlos Mauricio Iriarte Barrios, el Director General de la CAM, Carlos Alberto Cuellar Medina; y de los profesionales de la Corporación, se comprueba el incumplimiento de los términos de la Licencia Ambiental otorgada por la Dirección de Licencias Ambientales del Ministerio de Ambiente a la empresa EMGESA S.A. E.S.P., mediante la Resolución No. 0899 de 2009, en la que se establece que el aprovechamiento forestal se debió realizar durante la fase de construcción de infraestructura, y paralelamente a la construcción de la presa y a la apertura de accesos, así­ como también se debió garantizar el retiro y uso adecuado de la totalidad de la biomasa.

Igualmente, informo la Corporación, procede la imposición de la medida preventiva por cuanto se está realizando la flotación de madera sin contar con el permiso de concesión de aguas y porque genera contaminación debido a los volúmenes que no han sido retirados del vaso del embalse.

Con esta medida la Autoridad Ambiental del Huila da cumplimiento al artículo 12 de la Ley 1333 de 2009, al prevenir o impedir la ocurrencia de un hecho, la realización de una actividad o la existencia de una situación que atenta contra el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud humana en el Huila.